Micelio

Artículo 5

Suprímense Las Plazas De Guardas De Telégrafos De Amacerí A Rioviejo Y San Pedro A Nechí, Que Han Venido Figurando En Las Nóminas 'de Las Oficinas De Amacerí Y Nechí; Respectivamente

Decreto 3143 de 1936 · Por el cual se crean provisionalmente unas plazas de carteros y de Telefonistas, se suprimen unas de Guardas, se reorganiza una sección del Ministerio, se declaran insubsistentes unos nombramientos, se nombran los remplazos, se hace una promoción, se reconocen unos sueldos y se fijan unos gastos de representación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Suprímense las plazas de Guardas de Telégrafos de Amacerí a Rioviejo y San Pedro a Nechí, que han venido figurando en las nóminas 'de las Oficinas de Amacerí y Nechí; respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3143 de 1936