Participación en la justicia. El Estado colombiano deberá garantizar la amplia participación en el proceso judicial a todas las partes perjudicadas, a los pueblos, a las autoridades indígenas y a toda persona que tenga un interés legítimo en el proceso.
En el marco de los procesos judiciales, el Estado garantizará el derecho y acceso a la información por parte de las víctimas pertenecientes a los pueblos indígenas, sus autoridades y representantes con el objeto de hacer posible la materialización de sus derechos, en especial a la verdad.
Para garantizar la participación en la justicia en los casos en que las víctimas lo requieran o lo demanden, el Estado garantizará que, en el desarrollo de los procesos judiciales, y para la cabal comprensión de los fallos proferidos, exista un traductor seleccionado por la víctima o el pueblo indígena.