Micelio

Artículo 10

Factura En La Intermediación Con Representación

Decreto 1001 de 1997 · por el cual se reglamentan los artículos 616-1, 616-2 el Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Factura en la intermediación con representación. Cuando se trate de ventas o prestación de servicios por cuenta y a nombre de terceros, la obligación de facturar con el cumplimiento de los requisitos legales radica en cabeza del mandatario. En su facturación deberá indicar los apellidos y nombre o razón social y NIT del mandante, así como la condición con que actúa. Si el intermediario adquiere bienes o servicios a nombre y por cuenta del mandante, la factura debe figurar a nombre de éste.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1001 de 1997