Artículo segundo. Por la Dirección Nacional del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se procederá a solicitar al Contralor General de la República la constitución de la correspondiente reserva provisional y la expedición del Certificado de Disponibilidad respectivo, que sirva de base para el contracrédito que se proyecta, al tenor de lo dispuesto por el Decreto número 00164 de 1950. Comuniquese y cumplace.
Decreto 183 de 1962 →Vigente
Artículo 2
Decreto 183 de 1962 · Por el cual se declaran sobrantes parte de las apropiaciones liquidadas en el presupuesto de gastos del Ministerio de Trabajo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.