Micelio

Artículo 2.6.3.1.3

Coordinación De Las Actividades De Monitoreo

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Coordinación de las actividades de monitoreo. Corresponde al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en desarrollo de lo dispuesto por el numeral 6.2 del artículo 6° del Decreto 028 de 2008, a través del sistema de información que adopte, consolidar y evaluar de manera integral los resultados de la actividad de monitoreo realizada por el Ministerio de Educación Nacional, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio y el Departamento Nacional de Planeación.

Para este efecto, formulará orientaciones al Ministerio de Educación Nacional, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio y al Departamento Nacional de Planeación acerca de los procedimientos y metodologías empleados para la captura, procesamiento, análisis y remisión de los resultados de las actividades de monitoreo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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