Mientras el personal de tropa de la Policía Militar se incorpora a la Policía Nacional, devengará las siguientes asignaciones a partir de la vigencia del presente Decreto: Cabos Primeros, sueldo de Subinspector. Cabos Segundos, sueldo de Distinguido. Soldados, sueldo de Agente.
Decreto 3036 de 1949 →Vigente
Artículo 27
Mientras El Personal De Tropa De La Policía Militar Se Incorpora A La Policía Nacional, Devengará Las Siguientes Asignaciones A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto: Cabos Primeros, Sueldo De Subinspector
Decreto 3036 de 1949 · por el cual se reorganizan algunas dependencias de la Policía Nacional y se determina la Planta de Personal de Carrera, empleados civiles y asignaciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.