Micelio

Artículo 52

Las Entidades Y Personas De Que Trata El Artículo 7° De La Ley Y 39 De Este Decreto, Están En La Obligación De Facilitar A Sus Empleados Y Obreros El Tiempo Suficiente Para Presentaciones Y Demás Actos Ante Las Autoridades Del Servicio Territorial

Decreto 2200 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 1ª de 1945, sobre servicio militar obligatorio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las entidades y personas de que trata el artículo 7° de la Ley y 39 de este Decreto, están en la obligación de facilitar a sus empleados y obreros el tiempo suficiente para presentaciones y demás actos ante las autoridades del Servicio Territorial. Las entidades nombradas podrán facilitar los medios para ponerse a paz y salvo a quienes sean clasificados para el pago de la Cuota de Compensación Militar y que no se encuentren en capacidad económica para hacerlo dentro de los plazos legales.

Parágrafo

Para los efectos del artículo anterior, los padres, patronos, jefes, etc., deben mantenerse en comunicación con las autoridades del Servicio Territorial a fin de que se les señalen los plazos y fechas de presentación de sus empleados y trabajadores y se convenga la mejor manera de establecer los turnos para que el servicio o trabajo a ellos encomendado no sufra perjuicios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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