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Artículo 9

Para Atender Al Pago De Las Sumas Que Requiere El Cumplimiento De Los Artículos Precedentes, Créase Como Persona Jurídica La Caja De Auxilios Y Recompensas De La Imprenta Nacional

Decreto 586 de 1934 · Por el cual se reglamenta la Ley 45 de 1933

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para atender al pago de las sumas que requiere el cumplimiento de los artículos precedentes, créase como persona jurídica la Caja de Auxilios y Recompensas de la Imprenta Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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