Procedimiento de Identificación de dispositivos utilizados en comunicaciones no autorizadas por parte de los Proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones Móviles (PRSTM). Los Proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones Móviles (PRSTM), harán uso de la información de geolocalización de los ERON suministrada por el Inpec en los términos del artículo 2.2.1.1.1.12 del presente decreto, para identificar las Estaciones Base de Telefonía Móvil Celular (EBTMC), que brinden cobertura a los ERON. Con esta información, los PRSTM realizarán mensualmente actividades tendientes a la identificación de dispositivos utilizados en comunicaciones móviles no autorizadas que se establezcan desde el interior de los ERON, a través de las EBTMC previamente identificadas. Para este fin, se harán cruces de la información de las líneas telefónicas obtenidas de la actividad a través de las EBTMC asociadas al área de geolocalización de· los ERON con la información de las bases de datos suministradas mensualmente por los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (Gaula). Una vez realizadas las actividades señaladas anteriormente para la identificación de los dispositivos asociados a líneas telefónicas que establecieron comunicaciones no autorizadas al interior de los ERON, los PRSTM conformarán una base de datos en la que se identifiquen los números de estas líneas, junto con sus IMEI e IMSI asociados. Esta base de datos deberá ser remitida mensualmente al Inpec y al Ministerio de Justicia y del Derecho para generar la solicitud de bloqueo de estos dispositivos.
El Inpec, en coordinación con el Ministerio de Justicia y del Derecho, podrá identificar ERON alejados de zonas pobladas del territorio Nacional y solicitar a los PRSTM adelantar, mensualmente, un monitoreo de los números que realicen llamadas móviles desde las EBTMC que brindan cobertura a estos establecimientos. Esta base de datos deberá ser remitida por los PRSTM mensualmente al Inpec y al Ministerio de Justicia y del Derecho para que estas entidades determinen si se trata de comunicaciones móviles no autorizadas y ordenen el bloqueo correspondiente de los IMEI de Equipos Terminales Móviles (ETM), de los números de identificación (IMSI) de las tarjetas SIM y de las SIM basadas en software (eSIM) y su equivalente en otras tecnologías. Para este efecto, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), en articulación con el Ministerio de Justicia y del Derecho, comunicará a los PRSTM los ERON identificados, para que aquellos realicen una prueba piloto que permita verificar la posibilidad de implementar el procedimiento señalado.