Micelio

Artículo 1

Decreto 1774 de 1973 · Por el cual se crea la Comisión Asesora del Estudio de Participaciones de Larga Distancia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Créase la Comisión Asesora del "Estudio de Participaciones de Larga Distancia" con las siguientes funciones

a)

Fijar los objetivos generales del "Estudio de Participaciones de Larga Distancia" y proponerlos para su aprobación definitiva al Ministro de Comunicaciones;

b)

Analizar y determinar los términos de referencia, del estudio y proponerlo al Ministro de Comunicaciones para que una vez aprobado por éste, con base en ellos se adjudique y celebre por el Ministro a nombre del Gobierno Nacional, el contrato para la realización del estudio;

c)

Analizar las propuestas sobre la forma de realización del estudio;

d)

Aprobar los programas de trabajo y los planes de gastos para la ejecución del estudio mencionado;

e)

Orientar, coordinar y vigilar el desarrollo del estudio de que trata el literal anterior;

f)

Conceptuar ante el Ministerio de Comunicaciones y el Departamento Nacional de Planeación, sobre los informes que se rindan en las diversas etapas del estudio y dar recomendaciones sobre la implementación de los mismos;

g)

Asegurar la colaboración efectiva en el estudio, de las dependencias representadas en la Comisión;

h)

Asesorar y prestar toda su colaboración a las personas naturales o firmas a quienes se encomiende la realización del estudio;

i)

Recomendar al Ministro de Comunicaciones cualquier cambio en los programas de trabajo de dicho estudio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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