Artículo único. Los empleados que pasan á expresarse gozarán, desde el 1.º del presente, de las asignaciones siguientes: El encargado de la distribución del Diario Oficial, $ 150 mensuales. Los Jefes de Sección de la Procuraduría general de la Nación, $ 390 mensuales. El Portero de la misma Oficina, $ 90 mensuales.
Parágrafo
Quedan reformados los decretos contrarios al presente. Publíquese.