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Artículo 6

Corresponde A La Oficina De Normas Y Control De Suministros, El Desarrollo De Lo Previsto En El Artículo: A) Asesorar Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público (Sic) En Todo Lo Relacionado Con La Planeación Y La Política De Compras; La Legislación Y Reglamentación De Las Mismas, Los Planes De Aprovisionamiento (Sic); Los Programas De Compras, De Producción Y Fabricación De Artículos

Decreto 2880 de 1959 · Por el cual se reorganiza el servicio nacional de suministros

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Corresponde a la Oficina de Normas y Control de Suministros, el desarrollo de lo previsto en el artículo

a)

Asesorar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público (sic) en todo lo relacionado con la planeación y la política de compras; la legislación y reglamentación de las mismas, los planes de aprovisionamiento (sic); los programas de compras, de producción y fabricación de artículos.

b)

Preparar las listas de los bienes muebles generales de que trata el ordinal 4 del artículo 1, para efectos de la centralización gradual.

c)

Conceptuar sobre los Ministerios y Departamentos Administrativos que deben ser designados para efectuar las compras de los bienes muebles especiales.

d)

Elaborar las normas e instrucciones sobre el Catálogo de Compras; los programas de compras; la estandarización de los bienes muebles; la unificación y simplificación de procedimientos de compras, almacenamiento y suministro de provisiones; el procedimiento y documentación para las operaciones entre los Ministerios y Departamentos (sic) Administrativos, la División de Suministros y los fabricantes o vendedores; la unificación, sistematización y centralización de las estadísticas de compras, existencias y consumo.

e)

Inspeccionar la División de Suministros, las Proveedurías y los almacenes de los Ministerios y Departamentos Administrativos, y rendir informes sobre la aplicación y el cumplimiento de las normas dictadas para la prestación del servicio nacional de suministros.

f)

Realizar los estudios, proyectos y trabajos relacionados con él mismo servicio, que de encomiende el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Parágrafo

Los Ministerios y Departamentos Administrativos están en la obligación de facilitar la inspección de sus Proveeduría y almacenes y de rendir todos los informes que la Oficina de Normas y Control de Suministros requieran para el cumplimiento de sus funciones. D) De la División de Suministros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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