Hecha la inscripción, la Oficina devolverá al patrono la copia de la nómina, con la indicación del número de afiliación que le correspondió a cada trabajador, número que será también el del carnet. Igualmente le notificará el número patronal. Tanto el número patronal como el de afiliación de los trabajadores, deberán ser usados en todos los documentos relacionados con el Seguro Social.
CAPITULO III
De la inscripción ordinaria de patronos y trabajadores.