Micelio

Artículo 22

El Director Hará La Venta De Las Barras Y Deducirá De Su Valor Todos Los Gastos Por Ella Ocasionados, Tales Como Los De Empaque, Transporte, Seguros, Fundición Y Ensayes Y Los Demás Que Cobre La Casa De Moneda

Decreto 2758 de 1945 · Por el cual se sustituye el número 461 de 1940, reglamentario de la Ley72 de 1939

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Director hará la venta de las barras y deducirá de su valor todos los gastos por ella ocasionados, tales como los de empaque, transporte, seguros, fundición y ensayes y los demás que cobre la Casa de Moneda. Del remanente deducirá el valor del porcentaje que corresponda a la Nación en el producto de las minas, de acuerdo con cada contrato, y entregará a cada contratista su respectiva participación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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