Disuelta la Empresa se procederá a su liquidación de conformidad con lo estatuido en las leyes vigentes. Hará la liquidación la persona designada para ello por La Junta General de Socios, pero si la Junta no hiciere a designación del liquidador será cumplida por quien ejerza en ese momento la Gerencia de la Empresa.
Decreto 541 de 1977 →Vigente
Artículo 37
Disuelta La Empresa Se Procederá A Su Liquidación De Conformidad Con Lo Estatuido En Las Leyes Vigentes
Decreto 541 de 1977 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 1 de la Junta Directiva de la Empresa de Telecomunicaciones de Cartagena Telecartagena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.