Micelio

Artículo 9

º

Decreto 1076 de 1995 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 49 de 1990 en cuanto a la aplicación del subsidio familiar de vivienda por parte de las cajas de compensación familiar.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las cajas de compensación familiar deberán aplicar a la asignación de subsidios familiares de vivienda, en cada vigencia anual, la totalidad de los recursos del Fondo conformado como se señaló en el artículo 6º del presente Decreto, excluyendo los recursos que efectivamente se comprometan en promoción de oferta.

Parágrafo transitorio

Durante la vigencia de 1995 las cajas de compensación familiar deberán asignar en subsidios familiares de vivienda, por lo menos el 70% de la totalidad de los saldos de vigencias anteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1076 de 1995