°. Desde la fecha de este Decreto, para movilizar ganados en vehículos o a pie, por las vías públicas del territorio nacional, entre las 6 de la tarde y las 5 de la mañana, se requerirá el amparo de un certificado expedido por médico veterinario oficial o autoridad competente que reseñe debidamente los semovientes.
Decreto 3677 de 1949 →Vigente
Artículo 1
Desde La Fecha De Este Decreto, Para Movilizar Ganados En Vehículos O A Pie, Por Las Vías Públicas Del Territorio Nacional, Entre Las 6 De La Tarde Y Las 5 De La Mañana, Se Requerirá El Amparo De Un Certificado Expedido Por Médico Veterinario Oficial O Autoridad Competente Que Reseñe Debidamente Los Semovientes
Decreto 3677 de 1949 · Sobre movilización de ganados
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.