Micelio

Artículo 1

Decreto 1647 de 1943 · Por el cual se da una autorización de carácter administrativo al Ministerio de Guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo único. Facultase al Ministerio de Guerra para que,-por conducto de los Departamentos de Material de Guerra y de Intendencia, inviertan sus respectivos fondos de "Reposición de elementos" en la compra de todos aquellos materiales y enseres que sean necesarios para dotar a las tropas y Reparticiones del Ejército.

Parágrafo

Las inversiones de que trata el artículo presente, se harán cumpliendo los mismos requisitos exigidos para las que se efectúan .con cargo al Presupuesto ordinario, y los fondos existentes se gastarán separadamente, de acuerdo con lo que corresponde a "Material de guerra" y a "Material de Intendencia." Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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