Micelio

Artículo 35

Mando Es La Facultad Para Dirigir Y Conducir Hombres, Ejerciendo Al Mismo Tiempo Predominio Intelectual Y Moral Suficiente Para Obtener Unidad De Acción Voluntaria

Decreto 1835 de 1979 · Por el cual se subroga el reglamento de régimen disciplinario para la Policía Nacional aprobado y adoptado por el Decreto 2857 de 1966

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Mando es la facultad para dirigir y conducir hombres, ejerciendo al mismo tiempo predominio intelectual y moral suficiente para obtener unidad de acción voluntaria. El mando y la dirección deben entenderse como el uso adecuado de los recursos, tanto humanos como materiales para lograr los objetivos. Los comandantes, directores y jefes deben entender que las unidades se guían por la acción del mando y no por inercia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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