Mando es la facultad para dirigir y conducir hombres, ejerciendo al mismo tiempo predominio intelectual y moral suficiente para obtener unidad de acción voluntaria. El mando y la dirección deben entenderse como el uso adecuado de los recursos, tanto humanos como materiales para lograr los objetivos. Los comandantes, directores y jefes deben entender que las unidades se guían por la acción del mando y no por inercia.
Decreto 1835 de 1979 →Vigente
Artículo 35
Mando Es La Facultad Para Dirigir Y Conducir Hombres, Ejerciendo Al Mismo Tiempo Predominio Intelectual Y Moral Suficiente Para Obtener Unidad De Acción Voluntaria
Decreto 1835 de 1979 · Por el cual se subroga el reglamento de régimen disciplinario para la Policía Nacional aprobado y adoptado por el Decreto 2857 de 1966
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.