Micelio

Artículo 2

º

Decreto 1402 de 1994 · por el cual se establece el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos del Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. NOMENCLATURA Y CLASIFICACION. La nomenclatura y clasificación de los empleos del Instituto de Seguros Sociales se determinan por Area, Nivel, Denominación, y Grado o Clase. En el Área, se ubica el cargo según la naturaleza de las funciones desempeñadas: asistencial o administrativa. El Nivel, que se clasifica en directivo, asesor, ejecutivo, profesional, técnico, auxiliar y operativo, lo determina la responsabilidad, los requisitos exigidos para su desempeño, y la naturaleza general de sus funciones. La Denominación, es la identificación del cargo, por los deberes, atribuciones y responsabilidades. El Grado, indica la asignación básica mensual del empleado dentro de la escala salarial progresiva, para funcionarios de seguridad social y trabajadores oficiales, según la complejidad y responsabilidad inherente al ejercicio de las funciones. La Clase dentro de cada denominación, indica la asignación básica mensual para los empleados públicos y para algunos funcionarios de seguridad social cuya remuneración se fija por los mismos mecanismos previstos para los empleados públicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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