Decreto 903 de 2023 · Por el cual se modifica el Decreto 471 de 2022
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 471 de 2022 y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2023.
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 8°. Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 471 de 2022 y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2023.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.