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Artículo 53

Funciones De La Subdirección De Análisis Fiscal

Decreto 1893 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Subdirección de Análisis Fiscal. Son funciones de la Dirección de Análisis Fiscal las siguientes

1.

Preparar los análisis y propuestas del Departamento Nacional de Planeación sobre las políticas monetaria, cambiaria, fiscal y estudiar la concordancia entre estas.

2.

Apoyar al Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS) en la unificación de los sistemas de información fiscal.

3.

Coordinar la participación del DNP en la elaboración del Plan Financiero del Sector Público, en colaboración con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

4.

Participar en el ejercicio de consistencia macrofinanciera con las proyecciones de las cuentas netas de transferencias.

5.

Realizar el seguimiento de las fuentes de financiación del déficit del Gobierno Nacional y los establecimientos públicos.

6.

Participar en la elaboración de los análisis y propuestas en lo referente a la política fiscal y el tamaño del Estado.

7.

Formular documentos de política pública en los asuntos de su competencia, que orienten las acciones del Gobierno hacia la articulación y coordinación de políticas públicas, con una visión de Estado en el largo plazo.

8.

Participar en el diseño e implementación de los sistemas de seguimiento y evaluación de la gestión y resultados de la administración pública en los asuntos de su competencia, en coordinación con la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas.

9.

Adelantar la construcción del Plan Nacional de Desarrollo, los documentos CONPES, las políticas y demás instrumentos de planeación nacional, en los asuntos de su competencia, bajo los lineamientos de la Dirección General y en articulación con las demás dependencias del Departamento Nacional de Planeación y las entidades y organismos competentes.

10.

Promover y orientar la implementación de acciones de articulación ínter e intrainstitucional que permitan asegurar el establecimiento de canales de coordinación y comunicación para el desarrollo de los objetivos institucionales y sectoriales, en el marco de las funciones del Departamento Nacional de Planeación.

11.

Participar, en representación del Departamento Nacional de Planeación, en comisiones, comités, consejos y demás instancias relacionadas con los asuntos de su competencia.

12.

Analizar estudios, prácticas e investigaciones que se hayan adelantado a nivel nacional e internacional, que contribuyan a la definición de innovaciones que mejoren la gestión y procesos de la dependencia.

13.

Atender y resolver las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

14.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.

15.

Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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