Micelio

Artículo 162

Técnicas De Investigación

Ley 1708 de 2014 · LEY 1708 DE 2014, 20/01/2014, por medio de la cual se expide el Código de Extinción de Dominio.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con el propósito de recaudar elementos probatorios, el Fiscal General de la Nación o sus delegados podrán hacer uso de las siguientes técnicas de investigación durante la fase inicial:

1.

Allanamientos y registros.

2.

Interceptación de comunicaciones.

3.

Vigilancia de cosas.

4.

Seguimiento y vigilancia de personas.

5.

Búsquedas selectivas en bases de datos.

6.

Recuperación de información dejada al navegar en internet.

7.

Análisis e infiltración de organizaciones criminales.

8.

Agentes encubiertos.

9.

Escucha y grabación entre presentes.

10.

Las demás que el desarrollo técnico o científico ofrezcan, para cumplir los fines de la investigación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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