Micelio

Artículo 1.7.7

Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La solicitud escrita deberá estar acompañada de los siguientes documentos: a. Copia del acto administrativo a través del cual el Ministerio del Trabajo o la entidad que haga sus veces haya otorgado su autorización cuando sea procedente y; b. Certificación del revisor fiscal o del contador, según sea el caso, donde conste que, a la fecha del acto donde se formalizó la reforma estatutaria, no cambiaron las circunstancias en virtud de las cuales la Superintendencia de Sociedades impartió su autorización. El plazo de 30 días antes mencionado podrá prorrogarse por esta Superintendencia, previa solicitud y cuando se acredite el acaecimiento de circunstancias ajenas a la voluntad del solicitante que hayan impedido adelantar el acto dirigido a formalizar la reforma estatutaria, según corresponda al régimen legal aplicable a la Entidad Empresarial solicitante. La Superintendencia de Sociedades procederá a estudiar la viabilidad de la solicitud y concederá un plazo razonable adicional si así lo estima conveniente. En el caso de las sucursales de sociedades extranjeras se deberá enviar a esta Resoluci�n Firma Digital 2025-01-149411 Superintendencia, el documento en el que se acredite que el órgano competente adoptó la decisión de disminuir el capital asignado, con la apostilla o legalización a que haya lugar según el país de domicilio, acompañado de la respectiva traducción oficial, según corresponda. Cuando la sociedad tenga obligaciones provenientes de prestaciones sociales causadas y vencidas, la Superintendencia de Sociedades estudiará y aprobará la Circular externa reforma estatutaria, siempre y cuando se cumplan los requisitos previstos en este Capítulo. Sin embargo, la inscripción en el registro mercantil de la disminución de capital dependerá de la autorización que profiera el Ministerio del Trabajo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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