Micelio

Artículo 4

El Consejo Directivo Estará Integrado Así: El Ministro De Trabajo, Quien Lo Presidirá, O Sus Delegados; El Ministro De Educación, Quien Obrará Como Vicepresidente Del Mismo, O Sus Delegados; El Ministro De Fomento O Su Representante; El Ministro De Obras Públicas O Sus Representantes; El Director Del Servicio Nacional De Aprendizaje O Su Representante; El Jefe El Departamento Administrativo De Planeación Y Servicio Técnicos; El Jefe Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil O Su Representante; El Rector De La Universidad Nacional O Su Representante; Un Representante De La Asociación Colombiana De Universidades; El Secretario De Organización E Inspección De La Administración Pública; Dos Delegados De Las Asociaciones Nacionales De Empleados Particulares; Un Representante De La Unión De Trabajadores De Colombia; Un Representante De La Confederación De Trabajadores De Colombia

Decreto 452 de 1963 · Por el cual se crea el centro Nacional de Instrucción y Capacitación Laboral

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Consejo Directivo estará integrado así: El Ministro de Trabajo, quien lo presidirá, o sus delegados; El Ministro de Educación, quien obrará como Vicepresidente del mismo, o sus delegados; El Ministro de Fomento o su representante; El Ministro de Obras Públicas o sus representantes; El Director del Servicio Nacional de Aprendizaje o su representante; El Jefe el Departamento Administrativo de Planeación y Servicio Técnicos; El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil o su representante; El Rector de la Universidad Nacional o su representante; Un representante de la Asociación Colombiana de Universidades; El Secretario de Organización e Inspección de la Administración pública; Dos delegados de las asociaciones nacionales de empleados particulares; Un representante de la Unión de Trabajadores de Colombia; Un representante de la Confederación de Trabajadores de Colombia.

Parágrafo

En las reuniones del Consejo Directivo tendrá voz pero no voto el Director del Centro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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