ARTICULO 23 . Documento equivalente a la factura. Cuando las transacciones, distintas de la enajenación de bienes corporales muebles que hagan los comerciantes, consten en contratos de fecha cierta, éstos constituyen el documento equivalente a la factura para efectos del artículo 615 del Estatuto Tributario. Constituyen documento equivalente de la factura los documentos que reúnan las mismas características de ésta, independientemente de su denominación. En el caso de tiquetes expedidos por máquina registradora, éstos deberán contener el nombre o razón social del vendedor, el NIT, la fecha, el número y el valor de la operación.
Decreto 836 de 1991 →Vigente
Artículo 23
Decreto 836 de 1991 · por el cual se reglamenta la Ley 49 de 1990, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.