Micelio

Artículo 11

Una Vez Terminadas Las Obras De Que Trata El Presente Decreto, El Departamento Las Entregará Oficialmente Al Representante Que Para Ese Efecto Designe El Gobierno Nacional

Decreto 203 de 1949 · Por el cual se dictan unas disposiciones en desarrollo de la Ley 140 de 1948 y del Decreto número 202 de 1949

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Una vez terminadas las obras de que trata el presente decreto, el Departamento las entregará oficialmente al representante que para ese efecto designe el Gobierno Nacional.

Parágrafo

Mientras no se haga la entrega definitiva de las obras, el Departamento atenderá con los fondos destinados a éstas, la conservación de los trayectos de carretera que se vayan dando al servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 203 de 1949