SUBROGADO
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 8 º.El Gobierno Nacional promoverá también, el estudio de los mecanismos legales que permitan, a través de los recursos del situado fiscal, fortalecer la atención en salud para los indígenas y dar cumplimento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto 1811 de 1990.
TEXTO CORRESPONDIENTE A