Micelio

Artículo 2

Delegados

Decreto 1915 de 2019 · por el cual se designan delegados presidenciales para procurar por el normal desarrollo de las elecciones de autoridades y corporaciones públicas territoriales que se realizarán el 27 de octubre 2019 y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Delegados . Para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo primero del presente decreto, se designan los siguientes funcionarios en el Distrito Capital de Bogotá y en cada uno de los departamentos que se citan a continuación, para que realicen el acompañamiento y seguimiento del proceso electoral: DEPAR T AMENT O DELEGADO PRESIDENCIAL CARGO AMAZONAS Carolina Salgado Lozano Consejera Presidencial para la Niñez y Adolescencia ANTIOQUIA Miguel Antonio Ceballos Arévalo Alto Comisionado para la Paz ARAUCA Juan Pablo Liévano Vegalara Superintendente de Sociedades ATLÁNTICO Rubén Silva Gómez Superintendente de Notariado y Registro BOGOTÁ, D.C. Rafael Giovanni Guarín Cotrino Consejero Presidencial para la Seguridad Nacional BOLÍVAR Karen Cecilia Abudinen Abuchaibe Consejera Presidencial para las Regiones BOYACÁ Ricardo José Lozano Picón Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible CALDAS Luis Alberto Rodríguez Ospino Director Departamento Nacional de Planeación CAQUETÁ Ricardo Lozano Pardo Superintendente de Economía Solidaria CASANARE Juan Pablo Uribe Restrepo Ministro de Salud y Protección Social CAUCA Ramón Alberto Rodríguez Andrade Director General de la Unidad para las Víctimas CESAR Jairo Raúl Clopatofsky Ghisays Consejero Presidencial para la Participación de las Personas con Discapacidad CÓRDOBA Alejandra Carolina Botero Barco Consejera Presidencial para la Gestión y Cumplimiento CHOCÓ Carmen Inés Vásquez Camacho Ministra de Cultura CUNDINAMARCA Fernando Antonio Grillo Rubiano Director del Departamento Admi- nistrativo de la Función Pública GUAINÍA Camilo Ernesto Jaimes Poveda Secretario de Transparencia Presi- dencia de la República GUAVIARE José Manuel Restrepo Abondano Ministro de Comercio, Industria y Turismo HUILA Ernesto Lucena Barrero Ministro del Deporte LA GUAJIRA Fabio Aristizábal Ángel Superintendente Nacional de Salud MAGDALENA Alicia Victoria Arango Olmos Ministra de Trabajo META María Fernanda Suárez Londoño Ministra de Minas y Energía NARIÑO Francisco Roberto Barbosa Delgado Consejero Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales NORTE DE SANTANDER Emilio José Archila Peñalosa Consejero Presidencial para la Estabilización y la Consolidación DEPAR T AMENT O DELEGADO PRESIDENCIAL CARGO PUTUMAYO Jonathan Tybalt Malagón González Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio QUINDÍO Alberto Carrasquilla Barrera Ministro de Hacienda y Crédito Público RISARALDA Clara Elena Parra Beltrán Consejera Presidencial para la Competitividad y la Gestión Pública SAN ANDRÉS, PRO- VIDENCIA Y SANTA CATALINA Juan Daniel Oviedo Arango Director del Departamento Admi- nistrativo Nacional de Estadística SANTANDER Natasha Avendaño García Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios SUCRE Ángela María Orozco Gómez Ministra de Transporte TOLIMA Andrés Valencia Pinzón Ministro de Agricultura y Desarro- llo Rural VALLE DEL CAUCA María Victoria Angulo González Ministra de Educación Nacional VAUPÉS Jorge Alexander Castaño Gutiérrez Superintendente Financiero VICHADA Gheidy Marisela Gallo Santos Consejera Presidencial para la Equidad de la Mujer

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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