Art. 2.° Por el Ministerio de Fomento se determinará lo que sea más conveniente para la construcción del mencionado camino del Meta.
Queda eliminada la Junta central creada por decreto ejecutivo para dirigir los trabajos del mismo camino.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 26 De 1888
Ley 140 de 1888 · por la cual se dispone que continúe la construcción del camino del Meta
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 2.° Por el Ministerio de Fomento se determinará lo que sea más conveniente para la construcción del mencionado camino del Meta.
Queda eliminada la Junta central creada por decreto ejecutivo para dirigir los trabajos del mismo camino.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.