Comités de Coordinación Externa. El Gobierno integrará Comités de Coordinación compuestos por funcionarios de la Superintendencia de Comercio Exterior, otros organismos oficiales, el Banco de la República y la Federación Nacional de Cafeteros, por sectores económicos, para coordinar la ejecución de la política del país en materia de comercio exterior.
Decreto 1733 de 1964 →Vigente
Artículo 41
Decreto 1733 de 1964 · Por el cual se determinan la estructura y funciones de los organismos de comercio exterior, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.