° Las Gobernaciones de los Departamentos por medio de Decretos que someterán a la aprobación del Gobierno, harán la distribución equitativa de las partidas que se les han asignado, entre los Tribunales, Fiscalías y Juzgados Superiores y Juzgados de Circuito, existentes, en los Distritos Judiciales correspondientes, según la división territorial judicial.
Artículo 3
Las Gobernaciones De Los Departamentos Por Medio De Decretos Que Someterán A La Aprobación Del Gobierno, Harán La Distribución Equitativa De Las Partidas Que Se Les Han Asignado, Entre Los Tribunales, Fiscalías Y Juzgados Superiores Y Juzgados De Circuito, Existentes, En Los Distritos Judiciales Correspondientes, Según La División Territorial Judicial
Decreto 908 de 1919 · Por el cual se asigna a los Departamentos la suma de que pueden disponer para atender a los gastos de material del Ministerio Público y del Poder Judicial en la vigencia económica de 1° de marzo de 1019 a 29 de febrero de 1920
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.