Micelio

Artículo 2

Decreto 1974 de 1997 · por el cual se fusiona la Subdirección de Monumentos Nacionales del Instituto Nacional de Vías al Ministerio de la Cultura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Transferencia de bienes. Los bienes muebles e inmuebles del Instituto Nacional de Vías empleados para el desarrollo de los programas y funcionamiento de la Subdirección de Monumentos Nacionales del Instituto Nacional de Vías se transferirán al Ministerio de la Cultura en un término máximo de tres (3) meses, contados a partir de la expedición de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1974 de 1997