Micelio

Artículo 1

Suprímense De La Planta De Personal De La Superintendencia De Valores Los Siguientes Cargos: N° De Cargos Denominación Código Grado Despacho Del Superintendente De Valores 1 (Uno) Profesional Universitario 3020 10 2 (Dos) Profesional Universitario 3020 08 1 (Uno) Técnico Administrativo 4065 12 Planta Global 1 (Uno) Asesor 1020 07 1 (Uno) Asesor 1020 06 1 (Uno) Jefe Oficina Asesora De Planeación 1045 10 3 (Tres) Jefe De División 2040 25 1 (Uno) Profesional Especializado 3010 18 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5040 18 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5040 16 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 22 6 (Seis) Auxiliar Administrativo 5120 09 3 (Tres) Secretario 5140 13 3 (Tres) Secretario 5140 10 1 (Uno) Operario Calificado 5300 11 1 (Uno) Auxiliar De Servicios Generales 5335 06

Decreto 205 de 2004 · por el cual se establece la planta de personal de la Superintendencia de Valores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Suprímense de la planta de personal de la Superintendencia de Valores los siguientes cargos: N° de Cargos Denominación Código Grado DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DE VALORES 1 (Uno) Profesional Universitario 3020 10 2 (Dos) Profesional Universitario 3020 08 1 (Uno) Técnico Administrativo 4065 12 PLANTA GLOBAL 1 (Uno) Asesor 1020 07 1 (Uno) Asesor 1020 06 1 (Uno) Jefe Oficina Asesora de Planeación 1045 10 3 (Tres) Jefe de División 2040 25 1 (Uno) Profesional Especializado 3010 18 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5040 18 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5040 16 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 22 6 (Seis) Auxiliar Administrativo 5120 09 3 (Tres) Secretario 5140 13 3 (Tres) Secretario 5140 10 1 (Uno) Operario Calificado 5300 11 1 (Uno) Auxiliar de Servicios Generales 5335 06

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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