Micelio

Artículo 6

Las Providencias Que Dicten Los Inspectores De Bosques, Los Vigilantes Y Los Agrónomos Nacionales De Acuerdo Con Lo Dispuesto En Ese Decreto Serán Apelables Con El Efecto Devolutivo Ante El Ministerio De La Economía Nacional, Las Que Dicten Los Otros Funcionarios, Ante El Respectivo Superior

Decreto 2202 de 1939 · Sobre explotación de productos forsetales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las providencias que dicten los inspectores de bosques, los vigilantes y los agrónomos nacionales de acuerdo con lo dispuesto en ese decreto serán apelables con el efecto devolutivo ante el ministerio de la economía nacional, las que dicten los otros funcionarios, ante el respectivo superior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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