°. Los Comités de Especialistas estarán conformados de modo que se dé representación adecuada a los distintos criterios y doctrinas sobre cada materia, para una consulta objetiva de la conveniencia nacional. Tales Comités se integrarán con personal de tiempo completo y tiempo parcial, en número, condiciones y por el término que el Gobierno señale al efecto. El Gobierno contratará el personal que deba integrar los Comités y fijará la cuantía y forma de su remuneración, según las circunstancias.
Decreto 2145 de 1968 →Vigente
Artículo 7
Los Comités De Especialistas Estarán Conformados De Modo Que Se Dé Representación Adecuada A Los Distintos Criterios Y Doctrinas Sobre Cada Materia, Para Una Consulta Objetiva De La Conveniencia Nacional
Decreto 2145 de 1968 · Por el cual se constituye la Comisión Asesora para el ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas por la Ley 16 de 1968 y se reglamenta su trabajo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.