Artículo primero. Apruébase el Acuerdo número 14 de 1975 (noviembre 6) del Comité Nacional de. Cafeteros cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 14 DE 1975 (noviembre 6) El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y CONSIDERANDO
Que en virtud del Decreto extraordinario número 2078 de 1940 y de las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el Gobierno y la federación celebraron el 11 de diciembre de 1940, un contrato sobre manejo del Fondo Nacional del Café e intervención en los mercados cafeteros para el desarrollo del Convenio Interamericano sobre cuotas de exportación, contrato que ha sido adicionado y complementado por otros posteriores celebrados entre las mismas partes con el objeto de solucionar, de acuerdo con la experiencia obtenida en el desarrollo del mismo, aquellos puntos que no se habían podido prever originalmente y a fin de darle desarrollo y cumplimiento a normas legales y a disposiciones de los Congresos Cafeteros
Que la Federación ha considerado de especial interés la diversificación de la economía de las zonas productoras de café y que las Corporaciones Financieras, que funcionan en dichas zonas, han demostrado ser un instrumento de la mayor efectividad para dicha diversificación;
Que la Corporación Financiera de Caldas S. A., ha decretado un aumento de su capital para elevarlo de la suma de $ 131.000.000 a la suma de $ 145.604.000, aumento del cual corresponde suscribir y pagar a la Federación 45.083 acciones como accionista de 1a misma ACUERDA: