Micelio

Artículo 4

Ley 16 de 1917 · por la cual se da una autorización al Gobierno y se ordena la construcción de una obra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La dirección y administración suprema de dicho Hospital corresponderá en todo tiempo al Gobierno; la dirección y administración inmediatas podrá confiarlas el Gobierno a la Sociedad de Cirugía. En cuanto a las enseñanzas clínicas de que habla el artículo anterior, la dirección corresponderá a la Facultad de Medicina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 16 de 1917