º. Suspéndase las disposiciones contrarias al presente Decreto, el cual regirá desde la fecha de su expedición Comuníquese y publíquese. ROBERTO URDANETA ARBELAEZ El Ministro de Gobierno , Luis Ignacio Andrade -El Ministro de Relaciones Exteriores, Gonzalo Restrepo Jaramillo . El Ministro de Justicia, Juan Uribe Holguín -El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Álvarez Restrepo -El Ministro de Guerra , José María Bernal -El Ministro de Agricultura y Ganadería, Camilo J Cabal -El Ministro de Trabajo Alfredo Araujo Grau -El Ministro de Higiene Miguel Antonio Rueda Galvis -El Ministro de Fomento, encargado del Ministerio de Minas y Petróleos Carlos Villaveces -El Ministro de Educación Nacional, Rafael Azula Barrera -El Ministro de Correos y Telégrafos , Carlos Echeverri Cortés . El Ministro de Obras Públicas Jorge Leyva.
Decreto 684 de 1952 →Vigente
Artículo 3
Suspéndase Las Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto, El Cual Regirá Desde La Fecha De Su Expedición Comuníquese Y Publíquese
Decreto 684 de 1952 · Por el cual se disminuye el porcentaje del capital requerido por las compañías colombianas para realizar el transporte de cabotaje
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.