Promúlgase como Ley de la República la preinserta Convención, la cual recibió la aprobación del Poder Ejecutivo, previo el dictamen de los Ministros y del Consejo de Estado, de conformidad con el inciso 10 del artículo 120 de la Constitución.
Decreto 85 de 1891 →Vigente
Artículo 1
Decreto 85 de 1891 · Por el cual se promulga como Ley la Convención relativa al canje de encomiendas postales, sin declaración de valor, entre Colombia y Francia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.