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Artículo 18

Funciones De La Gerencia De Sistemas De Información

Decreto 4895 de 2011 · Por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Banco Agrario de Colombia S.A. y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Gerencia de Sistemas de Información. Son funciones de la Gerencia de Sistemas de Información

1.

Diseñar y gestionar los informes requeridos por los procesos, la alta dirección y los entes externos.

2.

Planear y coordinar la generación de información de acuerdo con las necesidades del Banco y los acuerdos de niveles de servicio establecidos con las áreas.

3.

Realizar los reportes de seguimiento para las áreas del Banco.

4.

Consolidar, administrar y actualizar el catálogo de información del Banco dando observancia a las necesidades de los procesos, la alta dirección, los entes externos y la priorización estratégica.

5.

Realizar informes estadísticos, periódicos y a demanda para las Vicepresidencias del Banco.

6.

Generar informes gerenciales que permitan la toma de decisiones para las áreas del Banco.

7.

Propender por la calidad, oportunidad y utilidad de los informes que faciliten la toma de decisiones.

8.

Controlar el Sistema de Información Gerencial del Banco, definiendo, manteniendo y administrando un gobierno de la información del Banco y buscando la mejora continua y la optimización en los procesos de obtención, generación, presentación y análisis de información.

9.

Ejercer las demás funciones que la Constitución, la ley, los estatutos y los reglamentos determinen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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