El capitán está obligado a mantener a bordo los siguientes documentos:
Certificado de matrícula;
Patente de navegación;
Certificado de navegabilidad o de clasificación;
Pasavante, en su caso;
Libro del rol de tripulación, autorizado por el capitán del puerto;
Póliza de locación o de fletamento, y los conocimientos de embarque o manifiesto, en su caso;
Reglamento de a bordo, que se fijará en lugar visible de la nave;
Lista de pasajeros, y
Los demás documentos que exijan las leyes y reglamentos de la autoridad marítima colombiana.