Micelio

Artículo 1

Decreto 842 de 1951 · Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas (Ramo de Carreteras Nacionales)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. A partir de la fecha suprimense los siguientes cargos: 1° En la Carretera La Pintada-Medellín-Yarumal (Pavimentación)

a)

Interventor y Habilitado-Almacenista-Contador, creados por Decretos números 1820 y 1457 de 1950, respectivamente.

b)

Tipógrafo Dibujante y Cadenero Primero Dibujante de la Comisión de Estudios de Pavimentación, creados por Decreto número 1457 de 1950. 2° En la carretera La Pintada-Yarumal (Pavimentación.): Laboratorista de Pavimentación, creado por Decreto número 550 de 1948.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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