Micelio

Artículo 4

La Dirección General De Aduanas Podrá Conceder Autorización, En Cada Caso, Para Que Una Empresa Editorial Que Haya Importado Papel De Acuerdo Con Este Decreto, Lo Transfiera, Total O Parcialmente, A Otra Empresa Editorial, Que Deberá Celebrar También Con La Dirección General De Aduanas Un Contrato En Los Términos Que El Presente Decreto Señala

Decreto 2031 de 1966 · por el cual se reglamentan las exenciones de derechos de Aduana para las importaciones de papeles destinadas a la impresión de libros y revistas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Dirección General de Aduanas podrá conceder autorización, en cada caso, para que una empresa editorial que haya importado papel de acuerdo con este Decreto, lo transfiera, total o parcialmente, a otra empresa editorial, que deberá celebrar también con la Dirección General de Aduanas un contrato en los términos que el presente Decreto señala. La Dirección General de Aduanas podrá conceder la autorización de traspaso, siempre que se compruebe la necesidad de la transferencia, y que la empresa adquirente haya celebrado el correspondiente contrato.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2031 de 1966