Micelio

Artículo 15

Todas Las Cuotas O Participaciones Que Deban Remitir Los Notarios A La Caja Nacional De Previsión, O A Cualquiera Otra Entidad, Se Calcularán Sobre Los Ingresos Líquidos Debidamente Certificados Por La Superintendencia De Notariado Y Registro

Decreto 1347 de 1970 · Por el cual se organiza la Superintendencia de Notariado y Registro

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todas las cuotas o participaciones que deban remitir los notarios a la Caja Nacional de Previsión, o a cualquiera otra entidad, se calcularán sobre los ingresos líquidos debidamente certificados por la Superintendencia de Notariado y Registro. Lo mismo se establece en relación con las cuotas o participaciones que el producido de las oficinas de Registro deban remitirse a la Caja Nacional de Previsión o a cualquiera otra entidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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