Micelio

Artículo 29

Ley 74 de 1926 · Sobre fomento a la agricultura y a la inmigración y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el Ministerio de Industrias se formara y arreglara convenientemente, para la fácil consulta del público, un muestrario, lo más completo posible, de las diferentes clases de semillas para los cultivos propios del suelo colombiano; de los sueros, vacunas y demás elementos conocidos para combatir las enfermedades de los ganados; de los específicos y remedios aconsejados para prevenir o combatir las plagas de las plantaciones; de las cartillas y métodos de cultivo, preparación de los terrenos, etc., adoptados en otros países tropicales, y de cuanto, en una palabra, pueda servir a los agricultores y ganaderos para el desarrollo y prosperidad de sus industrias.

Parágrafo

El muestrario en referencia, debidamente catalogado, estará provisto de las respectivas especificaciones de precios, casas productoras y despachadoras de los referidos artículos, y de cuanto pueda facilitar la consulta del muestrario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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