De la partida asignada en el Capítulo 205, articulo 2332 del Presupuesto de la vigencia en curso, "para construcción de edificios, estanques y obras hidráulicas en las dependencias de la Sección de Caza, Piscicultura y Pesquerías, en el país, en el año", hácese la siguiente distribución:
CAPITULO 205
Artículo 2332-Ordinal 1°
Esta suma será girada al Contador Pagador de la Zona Agropecuaria del Valle del Cauca, y el Ministerio de Agricultura por medio de resoluciones reglamentará su inversión.