Micelio

Artículo 2

Ley 6 de 1930 · SOBRE VIÁTICOS DE EMPLEADOS DIPLOMÁTICOS Y CONSULARES FALLECIDOS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La partida de dos mil pesos ($2,000) votada erróneamente en el Presupuesto de 1929 en favor de la señora viuda del doctor Ancizar, antiguo Ministro Plenipotenciario en la Argentina por concepto de viáticos de regreso, se abonara a la señorita hija del finado diplomático.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 6 de 1930