La partida de dos mil pesos ($2,000) votada erróneamente en el Presupuesto de 1929 en favor de la señora viuda del doctor Ancizar, antiguo Ministro Plenipotenciario en la Argentina por concepto de viáticos de regreso, se abonara a la señorita hija del finado diplomático.
Ley 6 de 1930 →Vigente
Artículo 2
Ley 6 de 1930 · SOBRE VIÁTICOS DE EMPLEADOS DIPLOMÁTICOS Y CONSULARES FALLECIDOS
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.