Micelio

Artículo 10

Los Terminales Marítimos Y Fluviales Tendrán €a Su Cargo: 1

Decreto 2465 de 1981 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Empresa Puertos de Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los terminales marítimos y fluviales tendrán €a su cargo

1.

La planeación y ejecución de las operaciones portuarias.

2.

La gestión administrativa y financiera, que implica la elaboración, ejecución y control de su presupuesto y la preparación de los estados financieros.

3.

El mantenimiento de las instalaciones y equipos necesarios para el normal funcionamiento del terminal.

4.

La administración de la planta de personal que le sea fijada por la Oficina principal. CAPITULO III Organos de dirección y administración.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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