El Periodo De Los Representantes De La Junta Directiva De Que Trata El Artículo Anterior, Será De Dos (2) Años Y Empezara A Contarse A Partir Del 19 De Noviembre De 1960
Decreto 2661 de 1960 · Por el cual se dictan los estatutos de la Caja Previsión Social de Comunicaciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° El periodo de los representantes de la Junta Directiva de que trata el artículo anterior, será de dos (2) años y empezara a contarse a partir del 19 de noviembre de 1960.
Parágrafo
Los representantes a que se refiere este artículo, dejaran vacante la representación respectiva, en el caso de perder el carácter de funcionarios, de pensionados o de trabajadores sindicalizados.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.